La emisión de facturas es una de las tareas más importantes para cualquier profesional, comercio o empresa en Argentina.
Sirve para registrar ventas o servicios prestados y también define las obligaciones fiscales y el tipo de relación entre quienes venden y quienes compran. Las más comunes son la Factura A y la Factura B.
En este artículo analizamos en detalle las diferencias entre factura A y B, cuándo corresponde usar cada una, qué requisitos hay para emitirlas y cómo impactan según el tipo de contribuyente (Monotributista o Responsable Inscripto).
¿Qué significa factura A y factura B?
Para operar con eficacia, es importante entender qué representa cada tipo de comprobante dentro del sistema fiscal argentino.
¿Qué es una factura de tipo A?
La Factura A es un comprobante fiscal emitido por contribuyentes responsables inscriptos en el IVA hacia otros contribuyentes que también están inscriptos.
Este tipo de factura discrimina el IVA (Impuesto al Valor Agregado). Muestra de manera detallada cuál es el monto neto de la operación y cuál es el impuesto agregado.
Por ejemplo:
- Valor del producto o servicio: $10.000
- IVA (21%): $2.100
- Total: $12.100
El comprador (también responsable inscripto) podrá tomar el IVA como crédito fiscal, lo cual le permite descontarlo en su declaración mensual de IVA
Entones, la Factura A se utiliza entre empresas o profesionales responsables inscriptos, porque ambos pueden gestionar el IVA.
¿Qué es una factura de tipo B?
La Factura B se usa cuando el comprador no es responsable inscripto, sino consumidor final o Monotributista. En este caso, el IVA no se discrimina en el documento, ya que el comprador no puede tomarlo como crédito fiscal.
Por ejemplo:
- Total (IVA incluido): $12.100
(no se muestra el desglose del impuesto)
En palabras simples, la factura B incluye el IVA en el precio, pero no lo detalla.
En resumen: la Factura B se emite a consumidores finales, monotributistas o exentos de IVA.
Diferencias entre factura A y B
Aunque ambas son comprobantes válidos ante la AFIP, existen diferencias importantes en su uso, contenido y efectos fiscales.
La Factura A se emite a responsables inscriptos, mientras que la Factura B está destinada a consumidores finales, monotributistas o contribuyentes exentos.
En la factura A, el IVA se discrimina de manera visible, permitiendo que el comprador lo tome como crédito fiscal, mientras que en la factura B no se detalla el IVA, por lo que no genera crédito fiscal.
El uso habitual de la factura A es en operaciones entre empresas o profesionales registrados ante la AFIP, mientras que la factura B se utiliza principalmente para ventas al público en general.
En cuanto a los datos exigidos, la factura A requiere información completa del cliente, como CUIT, domicilio y condición frente al IVA, mientras que la factura B solo necesita datos básicos.
Además, las facturas tipo A están sujetas a un mayor control por parte de la AFIP y tienen más requisitos formales, a diferencia de las facturas tipo B, que cuentan con un nivel de control menor.
Finalmente, en la factura A el monto final se muestra como el valor neto más el IVA discriminado, mientras que en la factura B se presenta el precio total con el IVA incluido.
Estas diferencias no solo afectan la forma en que se muestra el importe, sino también la contabilidad y las obligaciones fiscales de quienes participan en la operación.
¿Qué necesito para emitir una factura A?
Para poder emitir factura A, la AFIP exige ciertos requisitos que permiten identificar al contribuyente como responsable inscripto en IVA.
Requisitos principales
- Estar inscripto en el Régimen General (no ser Monotributista).
- Contar con CUIT activo y domicilio fiscal declarado.
- Tener el alta en IVA y Ganancias en el portal de AFIP.
- Usar un punto de venta habilitado en el sistema de facturación electrónica.
- Emplear comprobantes electrónicos tipo “A” aprobados por AFIP.
En algunos casos, cuando un nuevo contribuyente solicita emitir facturas tipo A, la AFIP puede otorgarle Factura M o Factura A con retención, como medida preventiva hasta verificar su comportamiento fiscal.
¿Qué tipo de factura emite un Monotributista?
Los monotributistas, al estar dentro de un régimen simplificado, no discriminan IVA y no pueden emitir factura A (salvo excepciones muy puntuales).
Los monotributistas solo pueden emitir Factura A en las siguientes circunstancias:
- Si la AFIP lo autoriza especialmente a emitir una Factura A con retención.
- Si es proveedor del Estado y el organismo lo requiere.
- Si está en proceso de pasar al Régimen General.
- Si realiza operaciones de exportación que lo justifiquen.
Facturas posibles para monotributistas
- Factura B: para ventas a consumidores finales o exentos.
- Factura C: para ventas a responsables inscriptos o al exterior.
Por ejemplo, si un diseñador gráfico Monotributista le vende un servicio a una empresa responsable inscripta, deberá emitirle una Factura C, no una A.
Esto es muy importante, porque muchos clientes suelen pedir “factura A” sin entender que el Monotributista no puede emitirla.
“Quiero factura A”: ¿qué significa cuando un cliente lo pide?
La frase “quiero factura A” es común entre empresas o profesionales responsables inscriptos. Lo que realmente significa es que el comprador necesita el comprobante con el IVA discriminado para poder deducirlo como crédito fiscal.
Por ejemplo:
- Una empresa compra insumos de limpieza por $50.000 más IVA.
- Si recibe una Factura A, puede descontar esos $10.500 (21%) en su declaración mensual de IVA.
- Si recibe una Factura B, no puede hacerlo, ya que el IVA no está discriminado.
En consecuencia, cuando un cliente pide factura A, lo que busca es obtener un beneficio fiscal, no solo un comprobante.
¿Cuándo se usa la factura B?
La Factura B se usa en la mayoría de las operaciones al público general. Algunos ejemplos comunes:
- Un restaurante que factura a sus comensales.
- Una peluquería que atiende consumidores finales.
- Un comercio minorista que vende productos sin detallar IVA.
- Un profesional Monotributista que presta servicios a particulares.
En todos esos casos, el cliente no necesita ni puede usar el IVA como crédito fiscal, por lo que el detalle del impuesto no es relevante.
Ejemplos prácticos: cómo saber cuál emitir
Veamos algunos casos para entenderlo mejor:
Caso 1: Empresa a empresa
- Situación: una agencia de marketing responsable inscripta presta servicios a otra empresa inscripta.
- Factura correspondiente: Factura A.
- Motivo: ambas pueden discriminar IVA y usar crédito fiscal.
Caso 2: Comercio a consumidor final
- Situación: una tienda de ropa vende prendas a clientes particulares.
- Factura correspondiente: Factura B.
- Motivo: el comprador es consumidor final.
Caso 3: Monotributista a empresa
- Situación: un diseñador gráfico monotributista presta servicios a una empresa.
- Factura correspondiente: Factura C.
- Motivo: el monotributista no discrimina IVA.
Impacto fiscal y contable
Las diferencias entre facturas A y B también tienen consecuencias directas en la declaración de impuestos y la contabilidad.
Para el emisor
- Si emite Factura A, debe liquidar y pagar IVA mensualmente.
- Si emite Factura B (como Monotributista), no liquida IVA, sino que paga una cuota fija mensual según su categoría.
Para el receptor
- Con Factura A, puede descontar el IVA del monto total a pagar al fisco.
- Con Factura B, no tiene crédito fiscal y el gasto se computa como bruto.
Este aspecto es clave para empresas que compran a distintos proveedores, ya que influye directamente en su carga tributaria.
Beneficios y limitaciones de cada tipo de factura
Ventajas de la Factura A
- Transparencia fiscal: permite ver el desglose del IVA.
- Posibilidad de crédito fiscal para el receptor.
- Mayor formalidad en operaciones B2B.
Desventajas
- Exige más controles y declaraciones mensuales.
- No es aplicable a monotributistas.
Ventajas de la Factura B
- Simplicidad para operaciones con consumidores.
- No requiere liquidar IVA discriminado.
- Adecuada para ventas minoristas.
Desventajas
- No permite crédito fiscal.
- Puede percibirse como “menos profesional” en contextos empresariales.
¿Qué pasa si emito la factura incorrecta?
Emitir el tipo de factura equivocado puede generar inconvenientes fiscales.
Por ejemplo, si un responsable inscripto emite una factura B a otro responsable inscripto, el receptor no podrá tomar el crédito fiscal, y ambos podrían tener problemas en sus declaraciones ante AFIP.
La recomendación es verificar siempre la condición frente al IVA del cliente, que puede consultarse directamente en el padrón público de la AFIP.
Preguntas frecuentes (FAQs)
1. ¿Cuándo se usa la factura B?
La Factura B se usa cuando el cliente es consumidor final, Monotributista o exento de IVA. Es decir, cuando no necesita ni puede utilizar el IVA como crédito fiscal.
2. ¿Qué es una factura de tipo A?
La Factura A es un comprobante que discrimina el IVA y se utiliza entre contribuyentes responsables inscriptos. Permite al comprador deducir el IVA como crédito fiscal.
3. ¿Qué necesito para emitir una factura A?
Necesitás estar inscripto en el Régimen General, tener CUIT activo, alta en IVA y Ganancias, y un punto de venta habilitado en AFIP.
4. ¿Qué tipo de factura emite un Monotributista?
Los monotributistas emiten Factura B para consumidores finales y Factura C para responsables inscriptos. No pueden emitir factura A porque no discriminan IVA.
5. ¿Qué significa “quiero factura A”?
Significa que el cliente es responsable inscripto y desea obtener el IVA discriminado en la factura para poder deducirlo de sus declaraciones fiscales.
Desde Vidrify te recordamos que emitir el comprobante correcto garantiza cumplimiento fiscal, transparencia y credibilidad comercial. Además, ayuda a evitar inconvenientes con AFIP y a mantener una contabilidad ordenada.
En definitiva, conocer las diferencias entre factura A y B no solo es una cuestión administrativa: es una herramienta clave para operar de manera profesional y eficiente en el sistema tributario argentino.
La elección entre factura A y B depende principalmente de la condición fiscal del comprador y del vendedor.
- Si ambos son responsables inscriptos, corresponde Factura A.
Si el cliente es consumidor final o Monotributista, corresponde Factura B.

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